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martes, 2 de diciembre de 2014

Conimipyme cubrira huecos de reforma

Los talleres de muebles y artículos de madera no están accediendo a sus incentivos fiscales debido a que la DGI no les extiende la solvencia de exoneración.
Hoy representantes de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) llevan a la Comisión Económica de la Asamblea Nacional sus propuestas para cubrir los huecos que consideran se crean en la propuesta de reforma a la Ley de Concertación Tributaria (LCT), promovida por el Gobierno.

El Consejo Nicaragüense de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Conimipyme) pedirá cambios a los artículos más polémicos de la reforma. El primero es el artículo 32, referido a las exenciones subjetivas, en el cual se demanda establecer a las mipymes el mismo monto que se otorga a las cooperativas para estar exonerados del pago de impuestos.

Leonardo Torres, vicepresidente de Conimipyme, cuestiona que lo impulsado por el Gobierno es prácticamente “congelar” a las mipymes “porque no van a querer vender por temor a salir de la cuota fija y pasar al régimen general si venden un peso” de lo establecido en la ley.

Los negocios en el régimen simplificado de Cuota Fija pagan un solo monto conglobado del Impuesto sobre la Renta (IR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), siempre que sus ingresos mensuales sean menores o iguales a los cien mil córdobas, es decir 1.2 millones de córdobas por año.

La iniciativa plantea que las cooperativas sean exoneradas del IR cuando sus rentas brutas anuales sean hasta de cuarenta millones de córdobas, y lo pagarán por el excedente de dicho valor luego de deducirse costos de operación. Conimipyme pedirá ese mismo tratamiento a las pymes.

También se pedirán cambios en los artículos 274 y 307. En el primero Torres explicó que debido a que solo exonerarán a las mipymes, la materia prima importada y comprada localmente “queremos tener representación en la Comisión Técnica que hará la lista taxativa de los productos beneficiados, y no los que quiera dar el Gobierno”.

“La Dirección General de Ingresos (DGI) arbitrariamente sube una, dos y tres veces el cobro a quienes están en Cuota Fija y no con base en la fiscalización técnica de las ventas. Esto no puede seguir pasando y por eso necesitamos estar en esa Comisión Técnica para que se respete la ley”, reclamó el vicepresidente de Conimipyme. Por eso pedirán reformar el artículo 307, que igual incluya la obligación de que esté Conimipyme en esa Comisión Técnica.

Mific frena exoneración


El Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific) es otra institución que no está respetando los incentivos fiscales a los medianos empresarios. El Consejo Nicaragüense de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Conimipyme) denunció que el Mific se niega a autorizar la exoneración de la Cooperativa de Productores de Plátano y Guineo de Rivas (Cooplari), por no encontrarse el equipo freidor (máquina para la elaboración de platanitos) en la lista taxativa de productos exonerados que estableció el mismo ministerio.

Conimipyme recordó que el titular del Mific, Orlando Solórzano, se comprometió a elaborar un Acuerdo Ministerial para agregar esa maquinaria en la lista taxativa, para que Cooplari cumpliera el trámite de exoneración y poder sacarla de la Aduana.

miércoles, 17 de septiembre de 2014

Diputados podrán votar en secreto

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Una propuesta de reforma a la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, faculta a los diputados a ejercer su voto en secreto, y ratifica que los legisladores que cambien de opción política perderán su condición de electo.

La primera secretaria del parlamento, Alba Palacios, informó la semana pasada de la iniciativa de ley enviada por el Ejecutivo, mientras que el tercer secretario del Legislativo, Wilfredo Navarro, precisó que se plantea reformar 63 artículos.

Navarro, diputado por el Partido Liberal Constitucionalista, PLC, explicó que los diputados podrán votar en público, a través de la pizarra electrónica, o en secreto, cuando así lo proponga alguno de los legisladores y cuente con el respaldo de la mayoría de sus colegas.

Destitución 


La reforma, propuesta por los diputados miembros de la Comisión de Modernización de la Asamblea Nacional, también incorpora el artículo 131 de la Constitución Política, que establece la pérdida de la condición de diputado a quien se cambie del partido político por el que fue electo.

De igual manera, incorpora el artículo 130 de la reforma a la Constitución donde se establece que los funcionarios electos por la Asamblea Nacional pueden continuar en sus cargos, después del vencimiento del mismo, hasta que sean elegidos y tomen posesión quienes deban sustituirlos.

Hasta el momento, los legisladores no han definido cuándo discutirán la propuesta de ley.

Por otro lado, la iniciativa otorga una serie de funciones administrativas al presidente de la Asamblea Nacional.

Navarro explicó que el titular del Legislativo asumirá la supervisión de la oficina de seguimiento al gasto público, que actualmente está bajo la supervisión de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

También tendrá la facultad de nombrar a los directores generales y secretarios legislativos de cada comisión. En el caso del secretario ejecutivo, el presidente de la Asamblea propondrá su nombre y la Junta Directiva lo aprobará.

El presidente de la Asamblea también nombrará al director general de Asuntos Legislativos y al Director de Prensa, sin necesidad de una aprobación de la Junta Directiva.

“En cierta forma, se le está dando más fuerza al presidente del Legislativo en el manejo de la administración, y a la Junta Directiva se le van restringiendo sus facultades”, opinó Navarro.

Ratifican funciones


Asimismo, el proyecto de ley ratifica una serie de funciones a los diputados, las que ya están establecidas en la Constitución.

Entre ellas las de mandar a publicar las reformas a la Constitución Política, leyes constitucionales y las demás leyes, por cualquier medio de comunicación social escrito, cuando el presidente de la República no sancionare, promulgare o mandare a publicar las leyes en un plazo de quince días.

Las comisiones legislativas, en tanto, estarán facultadas a reglamentar las leyes cuando el presidente no lo hiciere en el período establecido.