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jueves, 27 de noviembre de 2014

Cinco años de cárcel a agresor de niño



La juez único local de San Juan del Sur Gioconda Rodríguez condenó a cinco años de prisión a Fauricio Horacio Valenzuela Gutiérrez, de 22 años, por patear a un niño de 18 meses y causarle lesiones.

Valenzuela Gutiérrez fue acusado por los delitos de lesiones físicas leves, lesiones psicológicas y exposición de personas al peligro, en contra de un niño al que le dio un puntapié en el estómago, a las 6:30 p.m. del pasado 26 de octubre.

La lectura de la sentencia fue hecha por la juez Rodríguez a las 12:45 del mediodía del martes. La judicial sanjuaneña dijo que aplicaba las penas máximas por cada uno de los delitos imputados (un año por lesiones físicas leves, un año por lesiones psicológicas y tres por exposición de personas al peligro), luego de que el mismo joven admitió los hechos al inicio del juicio el 18 de noviembre.

Cinismo de abogado defensor


Sin embargo, en el debate de la pena el defensor César Baltodano argumentó que no había fundamento para condenar a Valenzuela por el delito de exposición de personas al peligro, pero su petición no prosperó.

Baltodano argumentó que su defendido no había llevado al niño a la calle, por tanto, según él, no hubo exposición de personas al peligro.

También Baltodano pidió las penas mínimas aduciendo que era la primera vez que Valenzuela era procesado judicialmente, y como reo primario solicitó el mínimo de la condena.

Los argumentos de la juez


En su sentencia la juez Rodríguez respondió que en la exposición de personas al peligro “no es necesario que el acusado ponga al menor en la calle (…) no es el hecho que el menor se encontraba jugando en la calle que puso su vida en peligro; dicho sea de paso, muchos niños en Nicaragua juegan en las calles, nosotros mismos en innumerables ocasiones, hicimos de la calle nuestra mejor sala de juegos para compartir con los amigos de nuestro barrio”.

La judicial concluyó que la acción realizada por el acusado Valenzuela al darle un puntapié en el estómago al niño, “que pudo causarle incluso hasta la muerte”, es una exposición al peligro de la vida del menor.

Sobre el planteamiento del defensor que solicitó la pena mínima tomando en cuenta que el acusado no tiene antecedentes penales, la juez Rodríguez no dio lugar porque el abogado debió presentar las constancias respectivas de los juzgados penales del departamento y no lo hizo.

El defensor Baltodano no estuvo presente en la lectura de la sentencia condenatoria, pero indicó siempre su desacuerdo con el delito de exposición de personas al peligro y dijo que eso es uno de los motivos de apelación.

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